Existe un modelo para adquirir un inmueble en copropiedad para aquellas parejas que han decidido no contraer matrimonio pero vivir juntos. De tal forma que puedan verse asegurados jurídicamente.  Si el inmueble planea adquirirse a través de un crédito, el banco acepta la copropiedad pues ambos pueden fungir como acreditados; deberán llenar una solicitud de crédito, entregar la documentación solicitada, firmar las escrituras y la garantía hipotecaria, esto según información del Colegio Nacional del Notariado Mexicano (CNNM). Si el inmueble se adquiere de contado deberá ser escriturado igualmente a nombre de ambos.

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Si escoge una financiamiento crediticio que no permita la copropiedad se puede elaborar un contrato donde se valide la aportación de ambos al pago de la hipoteca y una división al hogar. Para que el contrato sea válido deberá ser firmado por un notario. Por otro lado en caso de que el inmueble sea ya de la propiedad de alguno de los dos, se puede recurrir a la donación. A través de esta opción, se pueden asignar ciertos porcentajes de la propiedad a la pareja. Los gastos por la gestión notarial y por el ISR por la donación pueden ser hasta de un 20% de la valor de la operación.

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Otra opción cuando hay recursos suficientes, es establecer un fideicomiso que administra el inmueble con las reglas de operación que se requieran. Existen créditos conyugales del INFONAVIT y del FOVISSSTE que permiten a las parejas casadas (por bien mancomunados o no) obtener un crédito compartido para la adquisición del inmueble. Es importante que las parejas que decidan no casarse, se acerquen a un notario que los asesore sobre su patrimonio y seguridad jurídica.

Fuente: metroscubicos.com, Alto Nivel Inmobiliario, grupoenconcreto